ALCALDES.

ALCALDES. Durante la dominación Española funcionaron en los pueblos donde había Ayuntamientos y tenían encomendadas las funciones administrativas y las judiciales en el Ramo de Primera Instancia. Fueron confirmados en la Constitución Política Local de 31 de Octubre de 1825. Estas autoridades residían en las cabeceras de Municipio, tenían a su cargo las mismas funciones expresadas y debían consultar previamente sus resoluciones a los asesores.

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