Domingo Rubí Zazueta

  Biografías

Domingo Rubí Zazueta. Benemérito del Estado (1824 – 1896). Militar y político. Originario de Las Flores, del actual municipio de Culiacán, Sinaloa. Nació el 4 de agosto de 1824. Sus padres fueron José Rubí y Josefa Zazueta, quienes se avecindaron en el mineral de Pánuco, municipio de Concordia, donde Domingo Rubí alcanzó su juventud. Dada la pobreza en su familia no acudió a la escuela de instrucción primaria. En el poblado de El Verde, del mismo municipio, contrajo matrimonio con Librada Velarde. En 1854, se encontraba laborando en las minas de Pánuco. Entonces era un joven corpulento, de estatura regular, de anchas espaldas, cabeza redonda, ojos grises, labios gruesos y bigotes poblados. Rubí, destaca entre los mineros por su fortaleza física. En 1859, se levantan los liberales en armas en contra de los conservadores que detentaban el poder y habían repudiado la Constitución de 1857. En Concordia, Domingo Rubí se incorpora a la lucha armada para defender las ideas republicanas. Durante la Guerra de Intervención Francesa, Rubí alcanza el grado de General de Brigada en mayo de 1866. En esa época se enfrentó también al temido caudillo Manuel Lozada, «El Tigre de Álica», al que derrotó en Santiago Ixcuintla, Nayarit. Rubí ocupó la gubernatura de Sinaloa en repetidas ocasiones: la primera del 20 de mayo al 20 de octubre de 1865; la segunda del 13 de febrero de 1866 al 16 de septiembre de 1871; la tercera del 7 de mayo al 28 del mismo mes de 1872, y la cuarta, del 13 de agosto al 15 del mismo mes de 1872. El Quinto Congreso Constitucional [Quinta Legislatura] lo consideró uno de los republicanos que con más entereza y patriotismo defendió el honor nacional en el territorio sinaloense, durante la intervención francesa. Por lo que en vida, el general Domingo Rubí fue homenajeado y declarado Benemérito del Estado, mediante el Decreto número 3, expedido el 23 de septiembre de 1871, dice así: El licenciado Jesús Ríos, Gobernador Interino del Estado Libre y Soberano de Sinaloa, a sus habitantes, sabed: Que la H. Legislatura del mismo me ha dirigido el decreto que sigue: Número Tres._ El pueblo del Estado de Sinaloa, representado por su Quinto Congreso Constitucional, decreta: Artículo primero._ Se declara Benemérito del Estado al ciudadano general Domingo Rubí, en recompensa de los eminentes servicios que ha prestado a Sinaloa. Artículo segundo._ Del presente decreto se imprimirán con letras de oro dos ejemplares, de los cuales uno le será entregado al ciudadano general Rubí, por una comisión del Congreso, y el otro se fijará en el salón de sesiones. Es dado en el salón de sesiones del H. Congreso del Estado._Mazatlán, septiembre 23 de 1871._ Luis del Castillo Negrete, diputado presidente._ Francisco Gómez Flores, diputado secretario._ José Esquivel, diputado secretario. En septiembre de 1871, ocupaba la gubernatura de Sinaloa interinamente el licenciado Jesús Ríos, Presidente del Tribunal Superior de Justicia, y a él tocó en suerte promulgar el mencionado Decreto. El pliego _conteniendo el texto del Decreto_ fue entregado al señor general Domingo Rubí la mañana del 7 de octubre de 1871, en la Casa de Gobierno, en Mazatlán, entonces capital y sede de los poderes del Estado, ante la presencia del ciudadano Gobernador y de algunos funcionarios, empleados y vecinos del mismo puerto. La comisión nombrada por el Congreso del Estado estuvo integrada por los diputados Luís del Castillo Negrete y Evaristo Valdés. El general Domingo Rubí murió en El Verde, municipio de Concordia, Sinaloa, el 11 de junio de 1896. Después de larga y penosa enfermedad. El 20 de noviembre de 1959, en ceremonia luctuosa fueron trasladados los restos del general Domingo Rubí a la Rotonda de los Hombres Ilustres de Culiacán, Sinaloa. El 6 de marzo de 1975, el Congreso del Estado, representado por su XLVIII Legislatura, mediante el Decreto número 12, publicado en el Periódico Oficial «El Estado de Sinaloa», número 32, de 14 de marzo de 1975, reformó el Decreto número 3, expedido el 23 de septiembre de 1871, «para el sólo efecto de que sin necesidad de reproducir íntegramente su contexto, se inscriba con letras de oro únicamente el nombre del General Domingo Rubí en el Salón de Sesiones del Congreso del Estado.» Dicho Decreto entró en vigor el 11 de junio de ese año, fecha en que se conmemoró el 79 aniversario de la muerte del general Domingo Rubí.

Deja un comentario