PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE OCCIDENTE

  Estado de Occidente

PODER EJECUTIVO del Estado de Occidente. En 1828, estaba a cargo de un Gobernador nombrado por cuatro años y auxiliado en sus atribuciones por un Consejo de Gobierno y un Secretario. El Poder Ejecutivo desde el inicio en las primeras constituciones locales, del Estado de Occidente expedida en 1825 y la del Estado Libre y Soberano de Sinaloa en 1831 previnieron que el Poder Ejecutivo se depositara en una figura política en un Gobernador Constitucional que duraría cuatro años y se nombrara a la vez un Vicegobernador que sustituyera al primero en sus faltas e impedimentos. Así subsistió la manera de elegirlo hasta que a partir de 1835, que se expidieron las primeras reglas sobre el centralismo y los Gobernadores de los estados quedaron sometidos al nombramiento y autoridad del Presidente de la República. López Alanís, Gilberto J., Diccionario de la Independencia en las Provincias de Sonora y Sinaloa 1800-1831, AHGS, 2010.

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